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BASES DEL SORTEO EcoBici del BANCO ITAÚ en Metro y Medio

BASES DEL SORTEO EcoBici del BANCO ITAÚ en Metro y Medio

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Notas 22 May

1 – EL SORTEO

 

EcoBici del BANCO ITAÚ es un Sorteo (en adelante, el “Sorteo”) organizado por RADIODIFUSORA METRO S.A. (en adelante “RM”) CUIT Nro. 30-51704258-3, con domicilio en la calle Freire 932, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante el “Organizador”), auspiciado por BANCO ITAÚ ARGENTINA S.A., CUIT Nro. 30-58018941-1, con domicilio en Victoria Ocampo 360, Piso 8°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante el “Auspiciante”). La participación en este Sorteo implica el conocimiento y la aceptación de las siguientes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”) y de los requisitos para participar del mismo que se establecen más abajo.

 

El sorteo se llevará a cabo en el ámbito de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el programa Metro y Medio, perteneciente a RM – el cual se emite en el horario de 17:00 pm a 20:00 pm, por la frecuencia 95.1 FM – los  días 31/05 y 07/06 del año 2019 (entre las 17:00 pm – 19:15 pm). El Sorteo se realizará los días 31/05 y 07/06 del año 2019, entre las 17:00 pm – 19:15 pm, comenzando y finalizando, respectivamente, los días 31/05 y 07/06 del año 2019, entre las 17:00 pm y 19:15 pm (el “Plazo de Vigencia”). El Sorteo se desarrollará, en virtud de la mecánica detallada en la cláusula séptima (7) de las presentes bases, los días viernes 31/05 y 07/06 del año 2019 (entre las 17:00 pm y las 19:15 pm), eligiéndose al ganador el mismo día en que se desarrolla el sorteo, es decir los días viernes 31/05 y 07/06 del año 2019.

 

Podrán participar de este Concurso quienes tengan su domicilio en la jurisdicción de la CABA y/o Prov. de Bs. As.

 

Si por causas de fuerza mayor fuera necesario aplazar, anular o repetir el Sorteo este hecho se notificará a los Participantes a través de la página web de RM (www.metro951.com) dándole a la modificación el mismo grado de publicidad que al presente Sorteo.

 

 

2 – ACEPTACIÓN DE LAS BASES

Toda persona que participe en el Sorteo (“Participante”) expresamente acepta todas y cada una de las disposiciones descritas en las presentes Bases, las que se encuentran a disposición del público en la página web de RM, enunciada en el último párrafo de la cláusula 1era de las presentes Bases.

 

3 – MODIFICACIÓN

Las presentes Bases podrán ser consultadas de forma online en el sitio www.metro951.com

RM se reserva el derecho de modificar, complementar o rectificar en cualquier momento las presentes Bases, lo cual habrá de ser comunicado debidamente en su página web, enunciada en el último párrafo de la cláusula 1era, con la debida antelación.

 

4 – PARTICIPACIÓN

Podrán participar en el Sorteo las personas que cumplan con todas y cada una de las siguientes condiciones (“Condiciones”) al momento de participar:

  • Haber aceptado y encontrarse en cumplimiento de estas Bases;
  • Ser persona natural con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o la Provincia de Buenos Aires;
  • Concurrir con una Bicicleta que sea de su propiedad y/o con una EcoBici del Banco Itaú a la dirección del programa en las fechas y horarios correspondientes, indicados en la cláusula séptima (7).
  • Ser mayor de dieciocho (18) años de edad.
  • No encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
  • Ser empleado de RM y/o del Auspiciante, ni persona relacionada a ésta. Por Organizador se incluye asimismo a cualquier agencia, sub-agencia, representante comercial y cualquier otra empresa vinculada societariamente o contractualmente con este último.
  • Haber participado, a cualquier título, en la preparación del Sorteo.
  • Los cónyuges, hijos, padres, cargas familiares y las demás personas que vivan a expensas de las personas indicadas en los numerales anteriores.
  • Antiguos empleados de RM y/o del Auspiciante en donde la desvinculación se hubiera producido dentro de los ciento ochenta (180) días anteriores al comienzo del Sorteo.
  • Ejercer la actividad de Funcionario Público cuya jerarquía sea equivalente o superior al de Ministro Nacional de la República Argentina.

 

5 – PREMIO

El premio consistirá en dos (2) Bicicletas, la característica de cada Bicicleta es: Bicicleta plegable rodado 20 – acero – con manubrio y caño de asiento, de aluminio, 6 velocidades – pedales rebatibles – asiento anatómico con resortes.

Se entregará una (1) Bicicleta por cada fecha del sorteo (31/05 y 07/06 del año 2019). El diseño, tamaño, y características enunciadas del Premio podrán ser modificadas a la sola discreción de RM, el Premio pueden variar de aquéllos utilizados en las fotografías del Sorteo. Se entregará un solo premio por cada Participante y los ganadores serán elegidos al azar por medio de los procedimientos descriptos en las presentes Bases.

La Bicicleta no incluye ningún extra como por ejemplo combustible ni ningún accesorio adicional al modelo básico.

 

 

6 – GRATUIDAD

La participación en el presente Sorteo no se encuentra condicionada a la adquisición de producto y/o servicio alguno, ello conforme a normativa vigente (artículo 14 del DNU 274/2019 y/o Decreto 961/2017) por cuanto el presente Sorteo es “sin obligación de compra”. Asimismo el presente Sorteo cumple con todas las disposiciones emanadas de dicha normativa.  

 

7 – MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y ELECCIÓN DEL GANADOR

El Sorteo se realizará los días viernes 31/05 y 07/06 del año 2019 entre las 17:00 pm y 19:15 pm. La mecánica de participación será la siguiente:

Los oyentes deberán acercarse en Bicicleta – condición indispensable para participar – los días 31/05 y 07/06, a partir de las 17:00 pm, a la dirección de RM – Freire 932 – donde se emite el programa Metro y Medio. Una vez allí recibirán un número (se entrega sólo un único número por persona). Los número serán entregados entre las 17:00 pm y 19:00 pm a a aquellas personas que hayan ido en Bicicleta. Entre todos los números repartidos, se seleccionará un número al azar que corresponderá a una persona determinada, la cual subirá al programa para contar porque quiere llevarse la bicicleta. El oyente que salga sorteado, será elegido ganador del sorteo. El sorteo se realizará a las 19:15 pm los días 31/05 y 07/06 del año 2019.

Las Bicicletas a utilizar tienen que ser propiedad de quien la posee y/o en su defecto utilizar las EcoBici del BANCO ITAÚ.

Para participar es condición indispensable ir en Bicicleta a la dirección de RM. No se entregará ningún número a aquellas personas que no vayan en Bicicleta a la dirección de RM.

 

8 – NOTIFICACIÓN  AL GANADOR

RM se comunicará con el ganador a efectos de notificarle su calidad de tal y corroborar sus datos e indicarles la documentación que deberán presentar. La comunicación se hará vía telefónica y/o email.

Además, se notificará en la página web de RM mencionada en el último párrafo de la cláusula 1era, el nombre del ganador.

En caso de fallecimiento del ganador, sólo podrá reclamar el premio el administrador judicial de la sucesión y/o sus herederos declarados judicialmente. En tal caso, deberá acreditar tal calidad mediante copia certificada de la resolución judicial correspondiente según sea el caso.

RM no asume responsabilidad alguna en aquellos casos en que, por no concurrir el Ganador autorizado a reclamar el Premio en las condiciones y plazos enunciados o por no ser posible concretar la notificación al Participante, como Ganador del Premio, se deba declarar el Premio, y/o el Sorteo vacante.

No podrán ser objeto de ningún tipo de cuestionamiento: (i) El sistema utilizado para designar al ganador, (ii) La no expresión de fundamentos o explicaciones para la designación del ganador, (iii) Cualquier otra decisión que pueda tomar RM y/o el Auspiciante para llevar adelante este Sorteo.

 

9 – CONDICIONES Y ENTREGA DE PREMIOS:

El premio será entregado por RM a cada ganador dentro de los 30 días hábiles desde su participación en el programa. El premio deberá ser retirado en la calle Freire 932, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10 am a 18 pm. El ganador deberá acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad (DNI) original, y deberá firmar la conformidad con la entrega requerida por RM.

La asignación del Premio al Ganador queda supeditada al cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos de participación establecidos en estas Bases. La falta de cumplimiento de alguno de los requisitos aquí establecidos, y en particular la comunicación de Datos falsos al momento de requerirse determinada información a los fines de individualizar al participante, hará perder al favorecido en forma automática el derecho a la asignación del respectivo Premio, sin posibilidad de reclamo alguno.

Sí el ganador no retirase el premio correspondiente entre las fechas indicadas en el primer párrafo de la presente cláusula perderá el derecho al mismo, quedando el premio vacante.

El ganador podrá enviar a alguien a retirar el premio con autorización escrita, certificada por escribano público y fotocopia de su DNI, ambos documentos firmados por el ganador.

El Premio es intransferible. No canjeable por dinero. No podrá utilizarse en forma parcial.

Todos los gastos adicionales que no se encuentren expresamente establecidos en este documento correrán por cuenta de cada Ganador.

Será a cargo del ganador todo impuesto y/o tasa que deba tributarse con relación al Premio y toda suma que deba abonarse por cualquier concepto al Estado Nacional, Sociedades del Estado, Provincias y/o Municipios con motivo de la organización del Sorteo y/o del ofrecimiento del Premio y sus importes podrán ser deducidos por el Auspiciante del monto del mismo.

En caso de que por causas de fuerza mayor no pudiera hacerse entrega del Premio inicialmente previsto, RM y/o el Auspiciante se reservan el derecho de ampliar el Premio ofrecido y/o sustituirlos por otro de igual valor y/o similares características.

RM se reserva el derecho de modificar los plazos de entrega del premio al ganador, comunicándose dicha circunstancia con una antelación razonable por los medios de difusión indicados previamente.

 

10.- PROBABILIDADES

La probabilidad de ganar el Premio dependerá en cada caso de la cantidad de Participantes en el Sorteo que cumplan con los requisitos establecidos en estas Bases, por lo que no es posible su determinación exacta al momento de publicar estas Bases. No obstante ello, y en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se ha realizado un cálculo estimativo tomando a modo de ejemplo que si hubieran cien (100) Participantes que participen del Sorteo, la probabilidad de ganar el Premio será de 1 en 100, equivalente al 1%.

 

11- INDEMNIDAD

Los Ganadores se comprometen a mantener indemne a RM y al Auspiciante y a los accionistas, directivos y empleados de ambos, frente a todo reclamo de terceros y de cualquier índole, con motivo de su participación en el Sorteo.

 

12 – EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR MAL FUNCIONAMIENTO

RM y el Auspiciante quedan exonerados de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento del sistema que se utiliza para retirar las EcoBicis del Banco Itaú en cualquier de los puntos situados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o cualquier otra situación relacionada con dicho sistema, incluyendo pero no limitado a el sistema físico y/o el sistema móvil para retirar las bicicletas y/o por otras causas ajenas a RM y/o al Auspiciante, y especialmente por actos externos de mala fe.

Asimismo, RM y el Auspiciante no asumen responsabilidad alguna por cualquier error, omisión, interrupción, eliminación, defecto o demora en el funcionamiento del Sitio y/o los sitios web. RM y el Auspiciante no serán responsables por cualquier anomalía y/o mal funcionamiento técnico de algún equipo o falla, errores humanos de cualquier clase, o cualquier combinación de los mismos, incluida toda lesión o daño a las computadoras del Participante o de cualquier otra persona relacionado con, o que surja de su participación.

 

13 – DATOS PERSONALES Y DERECHOS CEDIDOS

Los datos personales facilitados por los Participantes y usuarios serán guardados por RM y el Auspiciante o aquellas terceras personas físicas o jurídicas a las que RM y/o el Auspiciante puedan autorizar (en adelante, “Terceros”), para la gestión del presente Sorteo y su utilización para fines comerciales y publicitarios de RM y/o el Auspiciante, aceptando los Participantes expresamente desde ya y por el sólo hecho de su participación en el Sorteo los fines expuestos así como la posibilidad de recibir comunicaciones futuras sobre los productos o servicios de RM y/o el Auspiciante de promociones y ofertas, incluso por vía electrónica.

Los Participantes y/o el Ganador expresamente desde ya y por el sólo hecho de su participación en el Sorteo autorizan a RM y/o al Auspiciante, así como a los Terceros, a explotar y/o utilizar los comentarios y/o anécdotas mencionados en los posteos que realice RM y/o el programa Metro y Medio en su cuenta oficial de Instagram, en todos los medios técnicos conocidos en la actualidad y los que pudieran desarrollarse en el futuro y para cualquier aplicación y motivo, sin derecho a contraprestación o indemnización alguna. La autorización no tiene limitación de ninguna clase, por lo que los Participantes y/o el Ganador declaran que el RM y/o el Auspiciante y/o los Terceros podrán utilizar y/o explotar comercialmente los comentarios y/o anécdotas en todos los países de América (del Norte, Central, Sur y Caribe), por un plazo de cinco (5) años.

El Ganador permitirá que el RM y el Auspiciante o Terceros les saquen fotos, hagan filmes y produzcan otros materiales relacionados al Sorteo sin tener por ello derecho a compensación alguna. El Ganador autoriza a RM y/o al Auspiciante, así como a los Terceros, a explotar y utilizar todas las imágenes, o partes de las mismas, en las que el Ganador aparece, bien como la imagen, voz, nombre, biografía, así como otros derechos (en adelante, “Derechos Cedidos”), sin derecho a contraprestación o indemnización alguna.  El Ganador declara que su autorización no tiene limitación de ninguna clase, por lo que el Ganador declara que RM y/o el Auspiciante o los Terceros podrán utilizar los Derechos Cedidos en todos los países de América (del Norte, Central, Sur y Caribe), por un plazo de tres (3) años, para la totalidad de usos que puedan tener los Derechos Cedidos incluso de explotación comercial, en todos los medios técnicos conocidos en la actualidad y los que pudieran desarrollarse en el futuro y para cualquier aplicación y motivo.

Dadas las condiciones de seguridad vigentes hoy en Internet, los Participantes deben entender que cada vez que divulguen voluntariamente información personal en línea, esta puede ser recogida y utilizada por otros. En consecuencia, si bien RM y el Auspiciante realizan esfuerzos para proteger la información personal de los Participantes, no pueden garantizar, y no serán responsables, por la difusión de los datos personales y los Derechos Cedidos de los Participantes por personas ajenas a RM y al Auspiciante, ni por los daños y perjuicios generados como consecuencia de ella. Los Participantes, expresamente desde ya y por el sólo hecho de su participación en el Sorteo, exentan de cualquier responsabilidad a RM, al Auspiciante y a los Terceros con relación a cualquier uso, explotación u otra actividad relacionada a sus datos personales en los medios de comunicación.

Los Participantes titulares de los datos personales tienen la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326 de Argentina. La Dirección Nacional De Protección De Datos Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. Asimismo, de acuerdo con el Art. 27, Inc. 3 de la Ley 25.326: “el titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de sus datos de los bancos de datos” con fines de publicidad. Art. 27, 3er párrafo del Decreto 1558/01: “En toda comunicación con fines de publicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, Internet u otro medio a distancia a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de la base de datos. A pedido del interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información.

 

14 – PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS

En el caso que RM y/o el Auspiciante o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente Sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un Participante esté impidiendo el normal desarrollo del Sorteo, ya sea tratando de perjudicar a los demás participantes o tratando de beneficiarse a sí mismo, o incumpliendo de cualquier otra forma las Bases, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción del Participante en cuestión.

RM y/o el Auspiciante se reservan el derecho de verificar la validez y originalidad de cualquier participación y/o Participante (incluida la identidad y dirección de un Participante) y a descalificar a cualquier Participante que haya incumplido estas Bases y/o manipule el proceso de participación. El hecho de que RM y/o el Auspiciante no hagan valer alguno de sus derechos en cualquier etapa no constituye una renuncia a esos derechos.

 

15 – JURISDICCIÓN

Un ejemplar de estas Bases estará a disposición del público en general en el Sitio web de RM. www.metro951.com

Para todos los efectos, RM constituye domicilio en Av. Córdoba 991, 6 “A”. Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para cualquier controversia que pudiere surgir con relación al Sorteo y estas Bases, su interpretación, cumplimiento, validez, terminación o cualquiera otra causa relacionada con éstas, los participantes se someten a la jurisdicción de los tribunales comerciales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires con renuncia a cualquier otro fuero y jurisdicción que pudiera corresponder.

 

Metro951
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